De conformidad con la ley 1869 de 106, el Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016, Decreto 2150 de 2017 y el título VI del libro primero del Estatuto Tributario Nacional, el Colegio Bolívar con NIT 890.300.539-4, pone a disposición de la sociedad civil y del público en general la siguiente información sobre los requisitos de acceso al Régimen Tributario Especial – RTE del impuesto sobre la Renta, para puedan realizar comentarios sobre la entidad.
Anexamos documentación de interés público:
1. Joseph John Nagy CE. 2.12.514
2. Maria del Pilar Correa CC. 31.931.424
3. Clara Ines Cabal CC. 66.847.464
4. Oscar Carpena CC. 94.372.148
5. Paola Marsela Perez CC. 32.762.190
6. Luis Fernando Rodriguez CC. 19.384.278
7. Francisco Javier Muñoz CC. 71.613.957
8. Juliana Buenaventura CC. 1.130.608.480
9. Juan Fernando Olave CC. 94.313.173
10. Pablo Sanint CC. 14.467.217
Con la finalidad de dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 358 y 360 del Estatuto Tributario, y el Decreto Reglamentario 2150 de 2017, el presidente propone que el beneficio neto del año 2025 en cuantía de $13.263.402.414 sea reinvertido a partir del año 2026 en los siguientes programas que desarrollan el objeto social del Colegio:
Renovación, ampliación, mantenimiento y construcción de la planta física.
Renovación, adquisición y mantenimiento de muebles y enseres, equipos, maquinaria y equipo
Material de enseñanza y proyectos educativos.
Tecnología.
Renovación y mantenimiento de la flota y equipo de transporte escolar.
Estudios o capacitaciones de la planta docente.
Todo lo relacionado con el reclutamiento de personal docente extranjero (inscripciones, viajes, alojamiento).
Todo lo relacionado con la certificación Cognia.
Desarrollo de los proyectos del Plan estratégico del Colegio que impactan el programa educativo
En el evento que no se logre realizar la totalidad de la reinversión durante el año 2026, podrá culminarse durante los años 2027, 2028, 2029 y 2030